Ganancias: es oficial el nuevo piso de $ 330.000, ¿en qué casos queda exento el aguinaldo?
Tras la confirmación del ministro de Economía, Sergio Massa, este viernes el Gobierno oficializó el nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, el cual ahora pasará de $ 280.000 a $ 330.000 brutos, inclusive
La decisión fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 714/2022, el cual porta las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el titular del Palacio de Hacienda, Sergio Massa.
La medida dispone entonces el incremento a $ 330.000 del "monto de la remuneración y/o del haber bruto, previsto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias", es decir, del piso a partir del cual se paga el gravamen.
El decreto publicado este viernes también autoriza a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a "establecer el monto deducible adicional pertinente" para quienes tengan salarios que oscilen entre los $ 330.000 y los $ 431.988 mensuales brutos.
A través de esta última disposición, el Ministerio de Economía faculta a la AFIP a establecer una deducción menor para los primeros escalafones de pago para el Impuesto a las Ganancias.
Massa ya había adelantado la medida para antes de fin de año con el objetivo de incluir la exención del aguinaldo en un contexto de alta inflación que erosiona fuertemente los aumentos salariales dados por las empresas.
"Estamos evitando que casi 380 mil trabajadores argentinos, cuando hacen alguna hora extra o cobran un viático o trabajan un fin de semana no terminen perdiendo lo que ganaron con su trabajo con el impuesto a las Ganancias", remarcó el ministro hace unos días en un acto oficial.
GANANCIAS: ¿QUÉ PASA CON EL AGUINALDO?
Por otro lado, el Gobierno aclaró en la misma normativa cómo se deberá calcular este monto de cara al segundo pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo que se dará a mediados de diciembre.
"En lo que hace a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario de 2022, deberá considerarse el importe establecido en el párrafo anterior ($ 330.000) y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto", explica el decreto.